FONS EUROPEUS NEXT GENERATION

Debido a la crisis que la pandemia de la Covid-19 ha generado, la Unión Europea ha incrementado el presupuesto de ayudas en 750.000 millones de euros, a fin de ayudar a la recuperación económica y fomentar su crecimiento.

Next Generetion es el Plan de recuperación para Europa, donde se destinan Fondos europeos para la transformación, recuperación y modernización de la economía. para conseguir objetivos transversales: avanzar hacia un país más verde, digital, cohesionado e igualitario.

  1. FONDO POR CONTRATACIONES DE PERSONAS EN LA EMPRESA
  2. FONDO PARA EL PROGRAMA “KIT DIGITAL”
  3. FONDO PARA ENERGÍAS RENOVABLES

1. MUY IMPORTANTE LÍNEA DE SUBVENCIONES POR LA CONTRATACIÓN DE NUEVAS INCORPORACIONES DE PERSONAS EN LA EMPRESA

Se trata de tres líneas de subvenciones y que le tramitaríamos de forma integral en nuestra Asesoría.

• Contratación de PERSONAS JÓVENES. (Fecha límite incorporación: 28 de febrero de 2022)
• Contratación de PERSONAS JÓVENES EN PRÁCTICAS. (Fecha límite incorporación: 31 de marzo de 2022)
• Contratación de PERSONAS DE 30 Y MÁS AÑOS. (Fecha límite incorporación: 31 de mayo de 2022)

Es necesario tener muy en cuenta la fecha límite de incorporación y presentación de las convocatorias.

2. MUY IMPORTANTES LÍNEAS DE SUBVENCIONES POR EL PROGRAMA “KIT DIGITAL” POR LA DIGITALIZACIÓN DE PYMES y AUTÓNOMOS

Se trata de un programa de ayudas destinado a autónomos y pequeñas y medianas empresas cuyo objetivo es financiar los costes de su transformación digital.

Los requisitos necesarios para que las pymes y autónomos puedan solicitar la ayuda de Kit Digital son ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo, y cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas, entre otros.

Kit Digital propone diferentes soluciones digitalizadoras pensadas para las necesidades de su negocio:

-Sitio web y presencia en internet

-Comercio electrónico

-Gestión de XXSS

-Gestión de clientes

-BI y analítica

-Gestión de procesos

-Factura electrónica

-Servicios de oficina virtual

-Comunicaciones seguras

-Ciberseguridad

3. AYUDAS E INCENTIVOS POR LA IMPLANTACIÓN Y UTILIZACIÓN DE FUENTES DE ENERGÍA RENOVABLE EN EL SECTOR RESIDENCIAL

Incentivos al autoconsumo y almacenamiento, con fuentes de energía renovable, y a sistemas térmicos renovables en el sector residencial:

-Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable (fotovoltaica o eólica), en el sector servicios, con o sin almacenamiento.

-Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable (fotovoltaica o eólica), en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.

-Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.

-Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.

-Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.

-Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial. Incluye las tecnologías solar térmica, biomasa, geotérmica, hidrotérmica o aerotérmica (exceptuando las tecnologías aire-aire) por climatización y/o agua caliente sanitaria en viviendas.

Beneficiarios

*Destinatarios últimos de las ayudas de los programas de incentivos 1, 2 y 3:

-Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado.

-Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.

*Destinatarios últimos de las ayudas de los programas de incentivos 4 y 5:

-Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
-Las entidades locales y el sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015.
-Las personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo a las entidades u organizaciones del tercer sector.
-Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
-Comunidades de propietarios.
-Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.

    Horario:
    De lunes a viernes
    09.00h. a 14.00h. / 16.00 a 19.00h.

    +info en el 977 33 87 99